En Concali Calidad Alimentaria prestamos asesoramiento a empresas alimentarias que exporten o estén interesados en exportar productos para consumo humano o animal a los EEUU. Mediante el asesoramiento de expertos en seguridad alimentaria su organización podrá conocer y aplicar los exigentes requisitos basado en un programa de medidas preventivas dirigido por un ICCP Individuo Calificado en Controles Preventivos (ICCP). Esta persona será el principal responsable del plan de seguridad alimentaria, y se encargará de la supervisión de su aplicación. Pídanos información sin compromiso y realizaremos una visita a sus instalaciones para hacer un diagnostico inicial que aclare al grado de cumplimiento actual de la Ley FSMA en sus instalaciones. fda-logo1

 

–       IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS SEGUROS

La FDA dispone de nuevas herramientas que garantizan la seguridad de los alimentos importados, así como el cumplimiento de las normas. Por primera vez los importadores deben comprobar que sus proveedores extranjeros desarrollan controles preventivos que garantizan la seguridad. La FDA puede acreditar a los auditores de terceros calificados para certificar que las instalaciones de alimentos extranjeros cumplen con las normas de seguridad alimentaria de los Estados Unidos.

¿CÓMO PONER EN PRÁCTICA LA NORMA FSMA?
Desde enero de 2013, la FDA ha propuesto siete reglas fundamentales para aplicar FSMA. Estas normas han ido saliendo a la luz entre 2015 y 2016, y entre ellas podemos considerar una serie de iniciativas básicas:

  • Controles preventivos para la alimentación humana:

Se requiere que las instalaciones de alimentos desarrollen planes de seguridad en los que se establezcan procedimientos para la identificacion de riesgos con el objetivo de minimizarlos. La regla original fue propuesta en enero de 2013; desarrollándose otra norma suplementaria que agregaba valor específico a las disposiciones propuestas en septiembre de 2014. La norma final fue publicada el 10 de septiembre de 2015.

  • Controles preventivos para la alimentación animal:

Mediante el establecimiento de buenas Prácticas de Manufactura y mediante el desarrollo de controles preventivos de los alimentos para los animales. Regla original propuesta de octubre de 2013; norma suplementaria para agregar disposiciones dirigidas específicamente a los alimentos de origen animal propuestos septiembre de 2014. La norma final publicada: 10 de Septiembre de 2015.

  • Producción basada en la Seguridad:

Establecimiento de normas de base científica para el cultivo, cosecha, embalaje y la celebración de producción en las granjas nacionales y extranjeros. La Regla original fue propuesta enero de 2013; y la norma suplementaria para enmendar áreas clave fue propuesta en septiembre de 2014. La norma final publicada 13 de Noviembre de 2015.

  • Programa de verificación de proveedores extranjeros:

Para los importadores será necesaria con el objetivo de verificar que los alimentos importados a los Estados Unidos se han producido de forma que proporcionan el mismo nivel de protección de la salud pública exigida a los productores de alimentos en Estados Unidos. La Regla original fue propuesta julio de 2013; y la norma suplementaria para proporcionar, entre otras disposiciones, mayor flexibilidad en la determinación de las medidas de verificación apropiadas fue propuesta en septiembre de 2014. La norma final fue publicada 13 de Nov. de 2015.

  • Certificación de terceros:

El establecimiento de un programa para la acreditación de los auditores de terceros para llevar a cabo auditorías de seguridad alimentaria y la emisión de certificaciones de instalaciones extranjeras que producen alimentos para seres humanos o animales. La ley fue propuesta de julio de 2013, y la norma final publicada 13 de Nov. de 2015.

  • Transporte sanitario:

De acuerdo a los requerimientos de aquellos encargados del transporte de alimentos, y con la finalidad de asegurar el empleo de prácticas sanitarias garantes de la seguridad de los alimentos, se desarrolló esta ley en enero de 2014, y la norma final fue propuesta en abril de 2016.

  • La adulteración intencional :

Requerimiento a las instalaciones nacionales y extranjeras con la finalidad de hacer frente a los procesos vulnerables de las operaciones para la prevención de actos destinados a causar daño a la comunidad a gran escala. Propuesta de diciembre de 2013. Fecha límite de la regla final: 31 de mayo de 2016.

¿APLICA LA LEGISLACIÓN A RESTAURANTES Y MINORISTAS DE ALIMENTOS?
Algunas pero no todas las disposiciones de la ley excluyen a restaurantes y minoristas de alimentos.  Todos los establecimientos de alimentos y restaurantes están obligados a registrarse ante la FDA, por lo que no están sujetos a los requisitos de instalaciones registradas como a controles preventivos. Asimismo otras disposiciones podrán aplicarse a restaurantes y minoristas de alimentos. Entre ellas podemos considerar el programa de verificación proveedor extranjero, que se aplica a los importadores.

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